martes, 11 de octubre de 2011

A RESERVA

Legislar contra la impunidad

Bárbara GARCÍA CHÁVEZ

La conducta humana varía de una cultura a otra y de un tiempo a otro. Cada grupo social ha aceptado, en general, matices de comportamiento para sus integrantes, quizá con algunas reglas específicas para subgrupos como adultos y niños, hombres y mujeres, estudiantes y profesionistas, artistas y científicos. Cuando se presenta una conducta inusual puede considerarse como algo raro, divertido, desagradable o, en extremo, un delito castigable.

Una conducta normal en cierta cultura puede juzgarse inaceptable en otra. Por ejemplo, para algunas sociedades avanzadas, el comportamiento profundamente religioso limita el desarrollo, por lo que la práctica religiosa no define las conductas culturales; sin embargo, en otras sociedades la práctica religiosa determina múltiples aspectos culturales, incluso, a partir de una imagen o postulado eclesiástico.

Aunque el mundo tiene una amplia diversidad de tradiciones culturales, hay algunos tipos de conductas como incesto, violencia en la familia, pederastia, lesiones y violación sexual a mujeres que se consideran inaceptables en casi todas ellas; más que por razones de ética humana, resultan abominables por el sentimiento universal de protección a quienes se perciben débiles per se o en desventaja frente al dominio de la fuerza. Somos las mujeres aún referidas en esta dimensión de quebranto, a quienes se les imponen roles culturales discriminatorios y a la vez se les se trata “especialmente” con “deferencia y delicadeza”, mientras se autoriza de facto el ejercicio violento de su posesión y permisión sobre sus cuerpos y sus vidas.

Una forma de medir el avance de la consolidación democrática en un Estado, consiste en revisar el grado de igualdad real existente entre mujeres y hombres en esa sociedad. Los países con democracias más solidas han logrado erradicar las desigualdades fácticas a través de inscripciones legales y distintas políticas públicas. En muchas naciones, los temas de género han transitado de la generación de leyes y acciones afirmativas a su paulatina desaparición, precisamente, por el triunfo cultural de esas disposiciones.

Sin embargo, en las democracias emergentes, como las nuestras en Latinoamérica, patrones culturales y disposiciones legales han construido un modelo en el que la igualdad es sólo formal y no sustantiva, por lo que es necesario fortalecer una cultura de igualdad de género sustentada en leyes fuertes que generen políticas públicas y acciones afirmativas que coadyuven a la transversalidad del tema, siempre de corte imperativo, a efecto de contrarrestar dicha cultura.

El impacto de las violaciones de los derechos humanos de las mujeres, permiten afirmar que toda agresión perpetrada contra una mujer tiene alguna característica que se identifica como violencia de género. Esto significa que está directamente vinculada a la desigual distribución del poder y a las relaciones asimétricas que se establecen entre varones y mujeres en nuestra sociedad, que perpetúan la desvalorización de lo femenino y su subordinación a lo masculino. Lo que diferencia a este tipo de violencia de otras formas de agresión y coerción es que el factor de riesgo o de vulnerabilidad es el solo hecho de ser mujer.

La tipificación de estas conductas en el ámbito penal, es indispensable para determinar los cambios necesarios con los patrones de conducta que sugieren la apropiación de los cuerpos y las vidas de las mujeres. Es decir, sólo la obligatoriedad estricta permitirá el cambio paulatino del pensamiento patriarcal, acompañándose de un proceso de aprendizaje, de reeducación, que molde una sociedad diferente e igualitaria.

La violencia de género puede adoptar diversas formas, lo que permite clasificar el delito, de acuerdo con la relación en que ésta se enmarca y el ejercicio de poder que

supone, en las siguientes categorías: violación sexual e incesto, acoso sexual en el trabajo y docente, violencia sexual, violencia familiar y feminicidio, que sucede, como afirma Marcela Lagarde, cuando las condiciones históricas generan prácticas sociales agresivas y hostiles que atentan contra la integridad, el desarrollo, la salud, las libertades y la vida de las mujeres”.

En México los movimientos feministas han logrado que el tema sea puesto en diferentes foros, sin duda, uno de los más importantes es el ámbito legislativo. La violencia hacia las mujeres en todas sus expresiones ha sido materia universal de estudios y tratados, hacia su eliminación; México ha suscrito y ratificado el compromiso de caminar por ese rumbo. Todas las entidades del país se rigen ya por una la LEY GENERAL DE ACCESO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA que determina enunciativamente conductas que ahora tendrían que ser imperativos que regulen y castiguen esas conductas.

En Oaxaca como en otros estados, el congreso local hoy está frente a la oportunidad de legislar responsablemente en materia de violencia a las mujeres, afectar seriamente la impunidad del Estado que es responsable de la violencia que destruye la vida de las mujeres; así como implementar la obligación de investigar y castigar los crímenes de género.

Sería una buena oportunidad para las y los legisladores coaligados por la paz y el progreso, para demostrar un mínimo acuerdo en la agenda legislativa a favor de los valores democráticos, voltear la casi nada credibilidad ciudadana y retomar su autonomía republicana que se ha visto disminuida ante la presión del ejecutivo y fundamentalmente, de los poderes fácticos, quienes han intervenido la clase política.

Los temas legislativos que resuelven problemas estructurales, deben ser aquellos que en principio encuentren caminos legales para alcanzar el axioma fundamental de proteger los derechos humanos, -la vida, la igualdad y la justicia-.

Habrá que tomar al toro por los cuernos; la Organización Mundial de la Salud declaró que la violencia contra las mujeres entre los 16 a 44 años es la primera causa de muerte en el mundo. Desgarrador, sobre todo cuando estas cifras se concentran de manera importante en Latinoamérica, en México, en Oaxaca.

En Oaxaca la premisa se confirma con creces, las mujeres vivimos un estado de indefensión permanente frente a la impunidad, que se vuelve palabra clave, que caracterizar la violencia en grados abominables y convierte en cifras a las que van perdiendo la vida en manos de hombres que siguen caminando sin que pase nada, 72, 73, 74, 75 y el gobierno, impávido.

Termino citando a Flora Tristán: “Desde el movimiento de mujeres, es un término que está buscando un lugar en el discurso criminalístico; a su vez, pretende visualizar una situación de violencia sistemática y silenciada durante muchos siglos por la indiferencia y tolerancia social. El feminicidio es una categoría que debe abordarse como la forma más extrema e irreparable de violencia directa hacia las mujeres y como una alternativa a la neutralidad del término homicidio, visibilizando un trasfondo no reconocido: la misoginia en la muerte diaria de mujeres”.

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